Fasooooooooooo
Última actualización el Viernes, 28 de Agosto de 2009 08:10 Escrito por Martin Viernes, 28 de Agosto de 2009 07:55
El Tema Del Momento!
La despenalizacion de la tenencia de marihuana para consumo personal...
Sacate algunas dudas... mira:
¿La Corte Suprema despenalizó el consumo de drogas?
Ningún fallo judicial puede derogar una ley.
Los jueces declararon inconstitucional el segundo párrafo del artículo 14
de la ley 23.737 de estupefacientes
que castiga con un mes a dos años de prisión la tenencia para consumo personal
y consideraron que la tenencia de escasas cantidades de marihuana en el ámbito privado
no debe ser castigada si es para consumo personal y no hay peligro o daños para terceros.
¿El fallo sólo hace referencia a la marihuana?
Más allá de que el pronunciamiento de los jueces se refiere a un caso en particular
por tenencia de marihuana el fallo puede ser interpretado como inclusivo para otras sustancias.
Lo que se cuestiona es el castigo para la tenencia de escasas cantidades en la esfera privada
no el tipo de droga. En ese caso, no hay diferencia entre un cigarrillo de marihuana
y una pequeña dosis de cocaína o una pastilla de éxtasis.
Lo importante es que el daño a terceros sea nulo.
¿Hasta cuántos gramos es consumo personal?
El fallo no establece límites ni cantidades, pero en el caso analizado por los jueces
–ocurrido en Rosario– se hace referencia a la cantidad incautada por la Policía:
tres cigarrillos de marihuana de armado manual
con un peso de 0,283 gramos, 0,245 gramos y 0,161 gramos, cada uno
y dosis umbrales: 0,8; 1,1 y 0,5, respectivamente.
¿Qué ocurrirá con los procesados por tenencia de marihuana que aún siguen detenidos?
Podrán recurrir como última instancia ante la Corte para ser absueltos.
Según los jueces, un informe del comité científico que asesora al Gobierno
reveló que “el 87% de los expedientes se inició por tenencia de
hasta cinco gramos de marihuana o cocaína incautada a varones jóvenes en la vía pública
que no portaban armas ni estaban cometiendo otro delito”.
¿Nunca será delito consumir drogas en el ámbito privado?
Si la persona consumiera estupefacientes delante de un menor,
incurriría en una conducta delictual porque la ley castiga el peligro de la difusión del vicio.
¿Estará permitido fumar marihuana en la calle?
De ninguna manera.
La Corte considera que el consumo y la tenencia en ámbitos privados de pequeñas cantidades
de droga no son delitos. Pero eso no implica que está permitido fumar un porro en la calle
en un bar o en un espectáculo público. En cambio, si la pequeña cantidad de droga está oculta
en un bolsillo o en un bolso, no es delito, porque se mantiene el ámbito privado
y no hay daño para terceros.
¿Se puede caminar con droga en el bolsillo sin ser detenido?
Si una persona va a la cancha o a un recital con droga oculta en el bolsillo
corre el riesgo de ser requisada por un policía. El fallo de la Corte no prohíbe esa inspección
“Sea en un allanamiento o en una requisa callejera, la droga hallada debe ser secuestrada
porque es una sustancia prohibida”.
¿En qué casos se afecta a terceros?
Cuando esas acciones son en un ámbito público con trascendencia a terceras personas
(en un bar o en un espacio público), el Estado puede intervenir con el derecho penal
porque se está ante un delito que trasciende la acción privada.
¿Los jueces de primera instancia pueden iniciar causas por consumo o deben acatar el fallo de la Corte?
La Corte resolvió sobre un caso en particular y opinó que este tipo de causas son inconstitucionales
pero no puede derogar la ley de drogas, que sigue vigente.
Si bien los fallos de la Corte tienen lo que los juristas llaman “autoridad moral”
y sientan jurisprudencia, no son obligatorios.
Mientras siga vigente el segundo párrafo del artículo 14 de la ley de drogas
cualquier juez puede castigar la tenencia de droga para consumo personal.
¿El fallo abrió el camino hacia la despenalización?
Lo de la Corte fue un pronunciamiento judicial.
Para despenalizar la tenencia de droga en pequeñas cantidades debe haber una reforma legislativa.
Después de este fallo, el Comité Científico Asesor en Materia
de Control de Tráfico Ilícito de Estupefacientes
del gobierno nacional elaborará un proyecto para reformar la ley de drogas.
Es un primer paso.





